Cese de Convivencia: Lo primero que debes hacer si te quieres divorciar

El cese de convivencia es el documento que acredita la fecha exacta en que una pareja se ha separado de hecho.

¿Qué importancia tiene el cese de convivencia?

Desde la fecha del cese de convivencia cuenta el plazo que la ley exige para solicitar el divorcio por cese de convivencia, ya sea de mutuo acuerdo (1 año desde el cese de convivencia) o unilateral (3 años desde el cese de convivencia).


¿Cuándo es necesario el cese de convivencia?

El cese de convivencia debe ser probado cuando demandamos o solicitamos divorcio de mutuo acuerdo o unilateral.

Ahora bien, de acuerdo a la época de celebración del matrimonio, el cese de convivencia puede probarse de distintas formas:

1) Matrimonios celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley de matrimonio civil, esto es, 17 de noviembre de 2004:

Existe libertad probatoria, es decir, el cese de la convivencia se podrá probar a través de cualquier medio de prueba, por ejemplo testigos, contrato de arriendo, actas de mediación, constancia en carabineros, juicios de familia, entre otros.

Cabe señalar que la ley establece que la prueba confesional (confesión de parte) no es suficiente para acreditar la fecha de cese de convivencia entre los cónyuges, por lo tanto debe ir acompañada de otros documentos que permitan al juez formarse plena convicción sobre el cese efectivo de convivencia.

 

2) Matrimonios celebrados con posterioridad al 17 de noviembre de 2004:

La ley de matrimonio civil señala que el cese de convivencia debe ser probado mediante alguno de los siguientes documentos:

− Acta de cese de convivencia en notaría firmada por ambos cónyuges.
− Acta de cese de convivencia en el registro civil firmada por ambos cónyuges.
− Acta de cese de convivencia en el registro civil firmada por uno de los cónyuges y notificada al otro mediante el tribunal de familia.
− Notificación de la demanda que tenga por finalidad regular las relaciones mutuas entre los cónyuges y respecto de sus hijos.
− Transacción aprobada judicialmente.
− Acuerdo completo y suficiente que conste en escritura pública.

El hecho de que el cese de convivencia pueda probarse de distintas formas de acuerdo a la época de celebración del matrimonio, ha generado una situación injusta y desigual dando lugar a recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la norma.

Sin embargo, los tribunales superiores han aclarado que la ley no contempla verdaderamente una limitación de los medios de prueba que permiten acreditar en juicio el cese de convivencia, sino que, existiendo un documento que acredite el cese no podrá probarse de otra forma; pero si no existe un documento cierto que lo acredite se podrá probar por cualquier medio de prueba.

¿Qué necesito para realizar el cese de convivencia?
1) Cédula de identidad
2) Tu dirección actualizada
3) Dirección actualizada del otro cónyuge

Si deseas realizar el cese de convivencia de forma online debes ingresar a la página web del Registro Civil, Certificados en Línea, Matrimonio, Informe de Cese de Convivencia, ingresas con tu clave única y tu correo electrónico y solicitas el certificado.

Finalmente, debes tener presente que la reanudación de la vida en común de los cónyuges, con ánimo de permanencia, interrumpe el cómputo de los plazos de cese de convivencia.

Espero haberte ayudado a resolver tus dudas en relación al Cese de Convivencia
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